Problemas en las vacaciones: cómo reclamar un vuelo cancelado o con retraso

Las vacaciones veraniegas traen consigo un aumento de consultas relacionadas con “viajes”.

A las tradicionales reclamaciones por cancelaciones, retrasos, pérdidas de equipaje, overbooking, en ocasiones se suman todas las derivadas de las huelgas de aerolíneas o del personal aeroportuario.

Cuando la cancelación del vuelo se debe a motivos provocados por la actividad aeroportuaria como, por ejemplo, retrasos en los controles de policía o falta de personal de tierra ¿Cómo se debe reclamar?
AENA, encargada de gestionar los aeropuertos públicos, debe responder por los daños que se ocasionen a los pasajeros fruto del funcionamiento del servicio público que prestan, incluyendo aquellos daños derivados de su actividad aeroportuaria como el retraso de los controles de policía o la falta de personal de su aeropuerto.

En este sentido, el procedimiento adecuado para exigir este tipo de responsabilidades a las Administraciones Públicas es el denominado procedimiento de responsabilidad patrimonial. Esta norma establece que los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. Asimismo, debe ser un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas.

¿Cuánto tiempo hay para presentar una reclamación ante AENA?
Para presentar la reclamación ante AENA y el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana hay un plazo de un año. Este procedimiento se inicia a instancia de parte en vía administrativa y, ante una resolución desestimatoria o la falta de resolución pasados los seis meses, el afectado puede interponer una demanda ante los juzgados de Contencioso- Administrativo. Recordamos que la parte que interpone la reclamación es la que tiene la carga de la prueba y debe cuantificar la indemnización que se solicita por los daños ocasionados.

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Vacaciones laborales. Conoce tus derechos

La reciente reforma laboral ha transformado la tipología de contratos de trabajo vigente, lo que ha provocado que las dudas de los ciudadanos sobre su derecho a vacaciones hayan aumentado en los últimos meses.

Repasamos los derechos que tienen los trabajadores, independientemente de su contrato laboral, en lo que respecta a las vacaciones laborales.

¿La empresa puede imponer el periodo de vacaciones?

Ni los empresarios ni los trabajadores cuentan con el derecho absoluto para imponer a la otra parte, de forma unilateral, el disfrute de un determinado periodo de vacaciones anuales retribuidas. Por ello, es imprescindible el acuerdo entre ambos sujetos, siempre respetando las disposiciones que señale el convenio colectivo aplicable en esta materia.

Si se produce una imposición por parte de la empresa para que un trabajador disfrute de un determinado periodo vacacional contra su voluntad, el empleado puede impugnar la decisión empresarial directamente ante la jurisdicción social en el plazo máximo de 20 días hábiles desde que se le ha notificado tal decisión. Este proceso se materializará a través de un procedimiento judicial especifico, urgente, preferente, sumario y ausente de conciliación administrativa previa, donde se resolvería la controversia por el juez social competente con carácter definitivo e irrecurrible.

¿Con cuánto tiempo de preaviso se deben notificar las vacaciones al trabajador?

El calendario de vacaciones anual es fijado por cada empresa y el trabajador debe conocer con, al menos, dos meses de antelación la fecha del inicio de su disfrute. Una vez que las vacaciones estén aprobadas expresamente por la empresa, como regla general, no pueden ser revocadas o modificadas por esta, salvo en casos muy excepcionales relacionados con causas acreditadas y excepcionalmente graves. Del mismo modo, una vez ya concedidas y aceptadas, el trabajador tampoco estaría facultado para su modificación si no es con el acuerdo de la empresa y no se le causa un perjuicio con dicha modificación.

¿Cómo debe realizarse el procedimiento?

La seguridad jurídica aconseja que las diversas comunicaciones relativas al disfrute de las vacaciones se hagan siempre por escrito, tanto la solicitud por parte del trabajador como la concesión por parte de la empresa. No obstante, sin perjuicio de lo que establezcan los convenios colectivos, la normativa nada impone al respecto, por lo que cabría que se hagan de manera verbal. Esta fórmula es poco segura, especialmente, para el trabajador, siendo aconsejable que éste como los demás derechos de los trabajadores tengan un reconocimiento explícito y a ser posible por escrito.

En este sentido, si no existe confirmación expresa y acreditable de las vacaciones solicitadas por el trabajador, en ningún caso, se debe considerar aprobada legalmente dicha solicitud, ya que se puede incurrir en un incumplimiento laboral sancionable disciplinariamente por el empresario.

¿Tienen derecho a vacaciones todos los tipos de contrato?

Todos los contratos laborales tienen derecho a vacaciones, sin perjuicio de que, en algunos casos en vez de disfrutarlas, la empresa paga las vacaciones (finalizaciones de contrato, contrataciones por parte de empresas de trabajo temporal, etc.).

¿Y si estoy en un ERTE?

Si el trabajador ha estado en un ERTE, la generación del derecho al disfrute de vacaciones por esos periodos va a depender de si nos encontramos ante una suspensión de contrato o una reducción de jornada.

En el caso de suspensión de contrato, en principio, no se devengarían vacaciones durante el periodo suspensivo, salvo que a lo largo de ese tiempo el trabajador haya incurrido en situaciones específicas como, por ejemplo, la de un proceso de incapacidad temporal o un descanso por maternidad o paternidad. En estos casos, según la jurisprudencia, sí se tendría derecho a vacaciones.

En el caso de un ERTE de reducción de jornada, el devengo vacacional dependerá de si esa reducción se produce durante todos los días de la jornada laboral habitual del trabajador o solo durante determinados periodos alternos de la misma. En el primer caso, se estaría ante el mismo supuesto que un contrato de trabajo a tiempo parcial, en el que las vacaciones se generan igual que si se trabaja a jornada completa. En el segundo caso, el devengo de las vacaciones solo se produce, proporcionalmente, por el tiempo efectivo de prestación de servicios durante dicho ERTE.

¿O con una baja de maternidad?

Los trabajadores que, durante el periodo designado para el disfrute de vacaciones, incurran en situaciones de incapacidad temporal, parto, lactancia natural, maternidad o paternidad, tendrán derecho al disfrute de las vacaciones en un periodo temporal posterior, que incluso puede ir más allá del año natural al que se refieran y en el que se hayan devengado esas vacaciones. En concreto, la normativa dispone de la existencia de un plazo de hasta 18 meses para dicho disfrute a contar desde el último día (31 de diciembre) de cada año natural al que se refieran esas vacaciones.

¿Cómo se gestionan las vacaciones en el caso de los trabajadores autónomos?

Con carácter general, en el caso de los autónomos no existe una equiparación con el derecho a vacaciones de los trabajadores por cuenta ajena del régimen general. Cualquier parón de su actividad profesional o empresarial depende de su exclusiva voluntad, lo que suele generar, indefectiblemente, una serie de consecuencias económicas negativas de bajada o supresión de ingresos cuando la actividad no se lleva a cabo.

Excepcionalmente, existen una clase de autónomos denominados ‘TRADE’, es decir, trabajadores autónomos dependientes económicamente que se aproximan algo más a la figura de los trabajadores por cuenta ajena. Se caracterizan por llevar a cabo una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica de la que dependen económicamente por percibir de ella, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales. Este tipo de autónomos, entre otros derechos, ostentan el de paralizar su actividad, como mínimo, 18 días hábiles al año, con derecho a remuneración, pero siempre y cuando dicho carácter retribuido sea así pactado en su contrato profesional.

¿Qué sucede en el caso de las empleadas del hogar?

El período de vacaciones anuales de los empleados del hogar será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, siendo al menos uno de ellos, como mínimo, de quince días consecutivos. La inexistencia de acuerdo o pacto sobre los periodos de vacaciones da la posibilidad excepcional a las partes de que quince días puedan fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares, y el resto sea seleccionado libremente por el empleado, debiendo conocerse estas fechas de disfrute con dos meses de antelación. Igualmente, durante las vacaciones, el empleado de hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en lugar a donde se desplace la familia para la que trabaja o alguno de sus miembros.

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Separación con hijos sin ser pareja de hecho ni estar casados

El proceso de separación con hijos sin estar casados ni pareja de hecho es muy similar al de divorcio. Durante su transcurso es necesario resolver las cuestiones asociadas a la guarda y custodia, a las pensiones de alimentos o al régimen de visitas, por ejemplo. Por tanto, más allá de resolver las cuestiones patrimoniales, hay que iniciar un procedimiento de medidas paternofiliales.

La disolución del patrimonio común
Vamos a explicar brevemente este punto ya que no conlleve excesiva complejidad. En concreto, si una pareja no está casada, no dispone de régimen económico que les una y, por tanto, no hay nada que disolver. Las propiedades que ambos tienen en común tendrán que ser sometidas a extinción del condominio. Esto permitirá adjudicarlas y liquidarlas.

Quiero dejar a mi pareja pero tenemos un hijo: ¿qué hago?
En la separación con hijos sin estar casados se aplica la misma legislación que para divorcios del mismo tipo. Hablamos, cómo no, de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La complejidad dependerá de si los progenitores de los menores de edad han logrado ponerse de acuerdo o, por el contrario, van a litigiar en los tribunales.

El documento de medidas paternofiliales
Evidentemente, puesto que no hay matrimonio de por medio, tampoco hay divorcio. Sin embargo, con el propósito de regular las medidas paternofiliales que regularán la relación de ambos progenitores con sus hijos en el futuro, es necesario elaborar un documento similar al convenio regulador.
En este documento se establecerá:

La guarda y custodia de los hijos de padres no casados. En este sentido, habrá que determinar si se establece un régimen de custodia compartida o de custodia monoparental. Si no existe acuerdo entre las partes, será el juez el que decida.
La utilización de la vivienda familiar. Evidentemente, si se determina el régimen de custodia monoparental, el cónyuge que obtenga la guardia y custodia será quien tenga derecho a su uso y disfrute.
La pensión de los menores. La manutención de los hijos sin estar casado corresponde al miembro de la pareja que no tiene la guarda y custodia. Se fijará en función de los ingresos de los progenitores y de los gastos que necesite el menor.
El régimen de visitas y comunicación. Según la ley, el progenitor que no tiene la guarda y custodia de los menores tiene derecho a comunicarse, visitarles y estar con ellos. Los límites quedan fijados por el convenio regulador o documento de medidas paternofiliales.
El proceso de tramitación judicial del procedimiento sobre medidas paternofiliales
Como hemos comentado anteriormente, existen dos maneras de llevar a cabo este procedimiento:

Mediante acuerdo amistoso. Es decir, ambos progenitores se ponen de acuerdo acerca de cómo llevar a cabo la separación con hijos sin matrimonio en lo que respecta a los hijos menores de edad. Posteriormente, el documento ha de ser rubricado por un juez. Esto se debe a que, al haber hijos de por medio, un tribunal debe cerciorarse de que se protegen sus derechos..
Mediante proceso contencioso. Hay casos en los que los padres no se ponen de acuerdo a la hora de elaborar el convenio regulador sin estar casados. En ellos, será el juez el que, priorizando siempre el interés del menor, determinará cómo será la guarda y custodia, el régimen de visitas o el uso de la vivienda familiar, entre otros aspectos.

Conviene decir que, tanto si los hijos son menores de edad como si alguno de ellos sufre discapacidad, la intervención del Ministerio Fiscal es obligatoria. En cualquier caso, según la situación, los pasos a seguir para separarse sin estar casados varían ligeramente. Vamos a verlo.

Separación con hijos de mutuo acuerdo
En este caso, el sentido común manda que la pareja se ponga en manos de un abogado especializado en derecho de familia para que redacte el documento de medidas paternofiliales. Su propósito debe ser plasmar la voluntad de ambos progenitores de modo que el juez lo apruebe. No olvidemos que es él quien tiene la última palabra y que, en caso de considerar que no se protegen los derechos del menor o que el padre o la madre es perjudicado, podrá modificarlo.

Separación con hijos por la vía contenciosa
En este caso, los padres no llegan a un acuerdo y ponen el caso en manos de un juez, que será el que decidirá. Uno de los progenitores, de la mano de su abogado de familia, redacta una propuesta de documento de medidas paternofiliales. El juez personará en juicio verbal al otro para que exponga sus reclamaciones. En base a las pruebas disponibles, emitirá un convenio definitivo mediante sentencia.

Preguntas frecuentes sobre la separación con hijos sin estar casados ni ser pareja de hecho
Aquí vamos a responder a algunas dudas habituales relacionadas con este tipo de separación. Esperamos aclarar sus dudas a través de ellas.

Si no estoy casada, ¿qué derechos tengo?
La única diferencia radica en que no habrá un régimen económico que te vincule a tu pareja. Por tanto, no será necesario disolverlo. Algo imprescindible tanto en el caso de los gananciales como de la separación de bienes. Por su parte, tampoco es habitual que los jueces concedan pensiones compensatorias al progenitor más desfavorecido económicamente, aunque no imposible.

Por su parte, lo normal es que, si te quedas con la custodia monoparental, también se te asigne el uso de la vivienda habitual. Da igual que esté exclusivamente a nombre de tu pareja.

¿Cómo es el reparto de bienes en una separación sin estar casados?
Ya hemos dicho que en una pareja que no está casada no hay ningún régimen económico que disolver. Por tanto, de aquellos bienes que pertenecen a uno solo de los progenitores el otro no puede participar.

Por su lado, los que tienen titularidad compartida quedan sujetos a lo referente a extinción del condominio. Es posible ejecutarla vendiendo la propiedad a un tercero y repartiendo las ganancias, aunque lo más habitual es que uno de los miembros compre su parte al otro.

Respecto a la separación sin estar casados con hijos e hipoteca, conviene decir que la obligación de seguir pagando el préstamo se mantiene a partes iguales siempre que la titularidad de la vivienda sea compartida.

En definitiva, esperamos haberte ayudado a comprender cómo es el procedimiento de separación con hijos sin estar casados ni ser pareja de hecho. En caso de duda, ponte en contacto con nosotros.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Los conflictos familiares suelen dar lugar a situaciones muy desagradables. De hecho, hay ocasiones en las que, fruto de ellos, muchas personas se preguntan si se puede desheredar a un hijo en España. Una cuestión peliaguda y bastante compleja que aquí vamos a intentar explicar de la forma más clara y sencilla posible.

¿Cómo se divide una herencia?

Comprender cómo se divide una herencia es fundamental para entender el concepto de desheredación. En concreto, se compone de tres partes:

  • La legítima. Es la tercera parte de la herencia que se reparte a partes iguales entre los herederos forzosos, es decir, entre el cónyuge y los hijos u otros de sus descendientes si han fallecido.
  • La mejora. Este tercio se utiliza para mejorar la cuantía de la legítima a uno o a varios de los herederos legítimos.
  • La libre disposición. El último tercio puede ser dispuesto por el fallecido para que acabe en manos a su libre elección, es decir, sin que sea heredero legítimo. Ni siquiera hace falta que tenga la condición de familiar.

Pero ¿por qué decimos esto? Pues, fundamentalmente, porque muchas personas nos preguntan si un hijo desheredado tiene derecho a la legítima. La respuesta, obviamente, es que no.

Cuando hacemos referencia a desheredar, de lo que hablamos realmente es de la privación de la legítima a uno o a varios de los herederos forzosos del fallecido. No tendría sentido que se aplicase a ninguno de los otros dos tercios ya que el Código Civil da libertad al testador para repartirlos casi como crea conveniente.

Entonces ¿se puede desheredar a un hijo totalmente?

La respuesta es que sí. Sin embargo, deben darse los requisitos y motivos para desheredar a un hijo contemplados entre los artículos 852 y 855 del Código Civil. Aquí los vamos a analizar.

¿Cómo se puede desheredar a un hijo? Requisitos

El Código Civil especifica que, para que alguien pueda desheredar a un heredero forzoso, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

  • El fallecido debió realizar testamento en vida. Si falleció sin llevarlo a cabo, será imposible privar a un heredero forzoso de lo que le corresponda en concepto de herencia.
  • Manifestar en el testamento su deseo de desheredar a su cónyuge o descendiente directo. Además, ha de fundamentar la decisión en las causas para desheredar a un hijo previstas por el Código Civil. Las veremos un poco más adelante.
  • Verificar la causa que da pie a la desheredación. Lo más probable es que el heredero niegue la causa. Por ello, es imprescindible que el testador pruebe la causa que le ha llevado a tomar la decisión, por ejemplo, adjuntando una sentencia judicial.

En caso de no alegar pruebas, el heredero legítimo podrá reclamar el testamento. Lo más probable es que un juez le dé la razón y pueda recibir la parte que le corresponde.

Causas de desheredación en el Código Civil

Con el propósito de salvaguardar los derechos de los herederos forzosos, el Código Civil detalla los motivos exactos por los que es posible llevar a cabo la desheredación. En primer lugar, habla de causas genéricas, que son:

  • Haber atentado contra la vida, ejercido lesiones o llevado a cabo habitualmente violencia psíquica o física contra el testador, su cónyuge, sus ascendientes o sus descendientes.
  • Haber cometido delitos contra la libertad, la indemnidad sexual y/o la integridad moral del testador o de cualquiera de las personas cercanas a él citadas anteriormente.
  • Acusar de un delito asociado a una pena grave al testador y, posteriormente, ser condenado por denuncia falsa.
  • Obligar al testador a hacer o cambiar su testamento en contra de su voluntad.
  • Impedir que el testador realice testamento o que modifique el que ya hizo.

Todo esto, evidentemente, ha de ser probado mediante sentencia judicial firme.

¿Puede un padre desheredar a un hijo? Causas específicas

Más allá de las causas genéricas citadas anteriormente, hay razones específicas por las que puede hacerse lo mismo respecto a un hijo o descendiente. Vamos a verlas:

  • Injuriar gravemente al progenitor que deshereda.
  • Maltratar de obra al progenitor que deshereda.
  • Negar los alimentos al progenitor que deshereda.

Esto deja claro, fundamentalmente, que se puede desheredar a un hijo por abandono sin ningún problema siempre que se pueda demostrar que ha sucedido. 

¿Es posible desheredar a padres y otros ascendientes?

El Código Civil afirma que sí. Sin embargo, han de darse ciertas causas específicas. Hablamos, en concreto, de la negación de alimentos sin motivo legítimo, de posibles atentados contra la vida de los hijos y de pérdidas de la patria potestad mediante sentencia judicial firme.

¿Y al cónyuge?

También. Esto puede hacerse, según el Código Civil, si el cónyuge incumple de forma grave y reiterada con sus deberes matrimoniales, así como si atenta contra la vida del otro, le niega alimentos a él o a sus hijos o pierde la patria potestad de sus descendientes.

Los efectos de la desheredación

Desheredar a un heredero forzoso supone que no podrá obtener la parte que le corresponda del tercio de legítima una vez que se produzca el fallecimiento del testador. Eso sí, esto no afecta a las posibles donaciones realizadas en vida, puesto que no pueden ser revocadas.

Otra pregunta habitual cuando hay un hijo desheredado es qué pasa con los nietos. La respuesta es sencilla: ocupan el lugar de su progenitor como herederos forzosos en lo que respecta a la legítima. Por tanto, ni siquiera hace falta desheredar a un hijo en favor de los nietos explícitamente ya que el Código Civil establece que suceda por defecto.

En definitiva, esperamos haber dejado clara la cuestión de si es posible desheredar a un hijo en España y cuáles son las causas que lo hacen posible. No dudes en ponerte en contacto con un abogado de familia para otras dudas que te puedan surgir.

El impuesto de transmisiones patrimoniales

¿Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales?

El impuesto de transmisiones patrimoniales se trata de un impuesto que impone el aumento del capital después de llevarse a cabo una compraventa.

En la actualidad, se considera una de las formas de tributo de transmisiones del patrimonio y actos jurídicos documentados.

El valor de este tipo de impuesto no es igual para todas las comunidades autónomas. De hecho, en función de la ubicación de la residencia puede variar.

Adicionalmente, las características asociadas y el coste definitivo de la vivienda, también juegan un papel importante en el importe a pagar.

No obstante, existen también bonificaciones de acuerdo con la Comunidad Autónoma donde se ejecute el negocio de venta.

¿Cómo se hace la recaudación?

La recaudación del impuesto de transmisiones patrimoniales se encuentra bajo las directrices de la respectiva Comunidad Autónoma. Por ello, los contribuyentes pueden verse afectados en menor o mayor escala por la aplicación de este tributo.

En cualquier caso, siempre depende de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra físicamente la vivienda en venta.

En la mayoría de los casos, este tributo aplica en aquellas compraventas de residencias o coches de segundo uso, en las que el interesado en comprar se encuentra en obligación de pagar este impuesto

La cuota final del tributo se fija estimando el porcentaje sobre el coste real de la propiedad adquirida.

¿Qué abarca el impuesto de transmisiones patrimoniales?

El ITP grava la transmisión de patrimonio costoso dentro del territorio español. Además, tiene aplicación en el proceso constitutivo de pensiones, derechos reales, arrendamientos, promesas, concesiones administrativas y fianzas.

Para no incurrir en la aplicación doble de este tributo no se llevan a cabo gestiones sujetas al IVA. Para comprender un poco mejor, es posible explicarlo con un ejemplo simple:

La compraventa de una casa está sometida al IVA cuando quien vende sea el constructor. En cambio, debe aplicarse el ITP cuando se trata de un vendedor particular.

¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales?

El sujeto pasivo del tributo es el individuo cuya arca patrimonial aumenta con el acto de compraventa.

Es decir, durante el proceso de compraventa es el comprador quien debe pagar el porcentaje correspondiente al impuesto de transmisiones patrimoniales.

Cuando se trata de expedientes de dominio, debe hacerse cargo del pago del tributo quien adquiera el derecho sobre el inmueble o propiedad.

Al generarse pensiones y préstamos serán el pensionista y prestatario respectivamente. De esta manera de manejar cualquier tipo de pago relacionado con la imposición de ITP.

¿Cómo se realiza el cálculo del impuesto de transmisiones patrimoniales?

Tal cual como sucede en el resto de los impuestos que se conocen actualmente, el impuesto de transmisiones patrimoniales se calcula usando un tipo de tributario a una base liquidable.

La base impuesta se trata del valor verdadero de la propiedad o derecho que se transmite.

En el caso de una hipoteca, por ejemplo, la base liquidable no es otra que el capital garantizado. Esto último, incluye indemnizaciones, intereses y otros conceptos asociados.

Para definir la asignación tributaria es necesario aplicar el tipo que corresponde:

  • Se fija un tipo subsidiario equivalente al 6% para el traspaso de bienes. No obstante, prepondera la modalidad que se haya determinado en cada Comunidad Autónoma según sea el caso.
  • La constitución de derecho reales de préstamos, pensiones, fianzas y garantías contribuye al 1% en función de la base imponible.
  • En el supuesto de arrendamientos se aplica un importe que tiene que ver directamente con la Comunidad Autónoma.

¿Cómo y cuándo se debe pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales?

El impuesto de transmisiones patrimoniales es devengado en el momento en el cual se realiza la acción o contrato. Al adecuarse a la normativa tributaria general, el plazo de caducidad es de cuatro años. Esto se declara en el modelo 600, 620, 621 o 630.

Esta gestión puede llevarse a cabo ante la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma o también vía online por medio de la web. Para poder liquidar el ITP se cuenta con un período de tiempo no mayor a 30 días. Este plazo empieza a contarse desde el momento en el que se realiza la operación gravada.

Otras operaciones societarias relacionadas alimpuesto de transmisiones patrimoniales

Las operaciones societarias también se rigen por la aplicación del impuesto de transmisiones patrimoniales. Particularmente, se encuentran sujetas:

  • La conformación y separación de sociedades. Asimismo, el cambio de su capital social.
  • Los aportes sociales que no supongan cambios del capital social.
  • La importación de sociedades extracomunitarias.

De igual modo, es importante mencionar que quedan exentas de este tributo operaciones como el cambio de estatutos y escrituras.

Además, las operaciones de reestructuración del capital o ampliación del mismo con cargo a reservas por prima de emisión de actos.

Y, a pesar de que entidades de otros países con sede en España, no se encuentren dentro de los contribuyentes del ITP, sí deben pagar impuestos por concepto de gestiones realizadas mediante sucursales o establecimientos permanentes.

Hay que destacar que se comparan a la sociedad las figuras autónomas, herencias yacentes, las comunidades de bienes y algunos otros.

En este tipo de escenarios, debe ser la sociedad quien debe asumir el pago del tributo. Sin embargo, cuando se refiere a disoluciones o reducción del capital, el sujeto pasivo es quien adquiere los derechos y bienes.

Actos Jurídicos Documentados y el impuesto de transmisiones patrimoniales

Se trata de la tercera forma del impuesto de transmisiones patrimoniales.En este caso, grava todos tipo de documento mercantil, notarial y administrativo.

De acuerdo con el documento gravado, el valor del tributo se define a partir de una cuota fija o variable.

Documentos notariales:

Se refiere a todo tipo de actas, escrituras y testimonios notariales. La persona a cargo de pagar el impuesto en este tipo de casos es el sujeto pasivo que adquiere los derechos sobre la propiedad. Además, todas las personas que soliciten los documentos notariales.

Documentos administrativos:

Son todas las anotaciones preventivas que se efectúen en Registros Públicos. Así como también, la recuperación y el traspaso de grandezas y títulos nobiliarios.

En el caso de anotaciones preventivas será el sujeto que solicite este tipo de documento, quien deba pagar el tributo.

Documentos mercantiles: Esta sección agrupa documentos que realizan gestiones de giro y letras de cambio. En el caso de letras de cambio, debe ser el librado quien se haga cargo de pagar el valor del impuesto.

Documentos mercantiles:

Para la documentación de giros, asumirán el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales las entidades o personas que lo expidan.

Otros aspectos a tener en cuenta sobre el ITP

El impuesto de transmisiones patrimoniales se puede someter a salvedades y beneficios fiscales. Esto último, depende exclusivamente de la ley reguladora o de la Comunidad Autónoma.

Además, dichos beneficios pueden estar condicionados a las condiciones en las cuales se obtienen los derechos de la propiedad.

Por ejemplo, se habla de la existencia de bonificaciones para adquirir la primera casa de los jóvenes. Asimismo, aplica en casos como residencias para familias numerosas y compra de casas de protección oficial.

El ITP en la compra de casas

El impuesto de transmisiones patrimoniales en la compra de una vivienda también se trata de un aspecto muy importante. Como se plantea antes, se debe pagar este tributo en la compraventa de un inmueble entre personas particulares.

En otras palabras, esto quiere decir que únicamente se gravan el segundo y siguientes traspasos.

Se aplica de este modo porque la primera gestión de compraventa rige por el IVA. Esto se debe a que el primer vendedor será en cualquier caso un promotor inmobiliario y no una persona particular.

En el supuesto de someterse al impuesto de transmisiones patrimoniales es necesario tener en consideración el reglamento autonómico, que define el tipo aplicable y las probabilidades de beneficiarse de alicientes fiscales.

¿Cómo funciona el impuesto de transmisiones patrimoniales en el arrendamiento de viviendas?

En este tipo de casos se debe proceder con la aplicación tarifaria determinada por la ley de renta y duración pactadas. Como sucede en el caso anterior, cada Comunidad Autónoma se encarga de aplicar un tipo de impuesto y beneficios.

La responsabilidad de pago recae sobre el arrendatario. En tal sentido, está obligado a liquidar y abonar el tributo después de haber firmado el contrato. Si el arrendatario recibe el primer mes de renta sin solicitar justificante de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales será responsabilizado del subsidio del pago del tributo.

¿Qué ocurre si no te presentas a un juicio?

El hecho de no acudir a un juicio es el incumplimiento de una citación judicial bien sea como acusado, testigo o denunciante. Los efectos de este incumplimiento van a depender de la condición de la parte en el proceso y de lo que establezca la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Cuando ninguna de las partes asisten a un juicio se levanta un acta donde se hace constar la inasistencia y el tribunal declara el pleito visto para sentencia. En caso de que solo asista una de las partes se celebra el juicio se celebra con la parte que haya asistido.

La inasistencia o no acudir a un juicio de las partes notificadas a través de una citación judicial, cumpliendo con el artículo 440 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tiene diferentes efectos de acuerdo con la condición de la parte insistente.

En caso de que el demandante no asista a la citación emitida por el Letrado de la Administración de Justicia. Y el demandado no muestra interés en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo, se dictará auto y se tendrá al actor de la demanda.

Al demandante se le impondrán las costas ocasionadas y en caso de que el demandado comparecido lo solicita y lo acredita, se le impondrá como castigo una indemnización por daños. Este proceso se realiza de acuerdo con lo establecido en el artículo 442 de la Ley de Enjuiciamiento.

Cuando al juicio no asiste la defensa jurídica del demandado, la Ley de enjuiciamiento Civil establece la continuación del procedimiento, se procede a declararlo en rebeldía y no se vuelve a citar.

¿Cuáles son los motivos para no asistir a un juicio?

Los motivos justificados para no asistir a un juicio son todas las situaciones que suponen una imposibilidad real que no permite dar cumplimiento a una citación judicial. Entre estos motivos destacan los médicos y de fuerza mayor.

Los motivos médicos pueden ser por indisposición grave, por hospitalización o por proteger a terceros al tener una enfermedad contagiosa.

Entre los motivos de inasistencia por fuerza mayor se encuentra la suspensión del transporte entre la ciudad en la que se encuentra la persona citada y la de comparecencia.

Cuando se presentan estos casos, se está ante causas justificadas para no asistir a juicio, por ser causas ajenas las que impiden dar cumplimiento a los requerimientos del Tribunal.

La inasistencia a juicio sin motivo o causa justificada origina que el acto procesal se realice sin esa parte. La ausencia en el juicio conlleva graves consecuencias legales, como la oportunidad de defender sus derechos y obligaciones que se estén discutiendo y resolviendo.

Consecuencias de no acudir a juicio

Las consecuencias de no ir un juicio a como parte denunciada, interesada o denunciante en ámbito civil, penal, mercantil, administrativo o laboral, es de perder la oportunidad de hacer valer nuestros derechos y obligaciones, también es exponerse a una condena en caso de que la parte contraria confirme la solicitud objeto de pleito.

Las consecuencias de no acudir a juicio como testigos es la de una multa, lo cual se hace constar en las citaciones, entre 200 y 2.000 euros.

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